Durante años, muchas empresas vieron la inspección laboral como una cuestión de suerte: si el inspector llegaba, se atendía la visita. Ese enfoque ya no funciona. El 21 de septiembre, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) presentó su Programa de Inspección 2026, con 38,455 inspecciones dirigidas a los centros de trabajo con mayor riesgo de incumplimiento.

La diferencia es de fondo. La autoridad no busca hacer más visitas, sino hacerlas donde tenga más probabilidad de encontrar irregularidades. Si su empresa presenta ciertas señales, puede estar en esa lista aunque nunca la hayan inspeccionado.

1. Qué anunció exactamente la STPS

En el Boletín 105/2026, la Secretaría describe un modelo de vigilancia estratégico, focalizado y basado en riesgos. Las inspecciones se dirigirán a sectores, actividades y centros de trabajo identificados mediante análisis de información y factores de riesgo. La prioridad son los centros con mayor probabilidad de incumplir sus obligaciones laborales.

El programa se apoya en herramientas tecnológicas, entre ellas el REPSE 2.0, que amplía la consulta pública del padrón de empresas de servicios especializados. También prevé protocolos de inspección por sector y tema. Según el comunicado, el objetivo es hacer menos inspecciones sólo para cumplir una meta y más inspecciones que mejoren de verdad las condiciones de trabajo.

El programa fija cinco áreas prioritarias:

  • Seguridad y salud en el trabajo: cumplimiento de las NOM-STPS, prevención de accidentes y enfermedades, y equipo de protección.
  • Condiciones generales de trabajo: jornada, salario, prestaciones, contratos y reglamento interior.
  • Subcontratación: servicios especializados, registro REPSE vigente y correspondencia entre lo contratado y lo que realmente se presta.
  • Capacitación y adiestramiento: planes, constancias y comisiones mixtas.
  • Injerencia patronal: actos del patrón que interfieran en la libertad sindical y la negociación colectiva.

2. Qué puede poner a una empresa en la lista

La STPS no ha publicado la fórmula con la que selecciona a las empresas. Sin embargo, el propio programa y los análisis especializados coinciden en los factores de riesgo que pesan más:

  • Quejas y denuncias de trabajadores. Una queja ante la autoridad puede detonar una inspección extraordinaria en cualquier momento.
  • Accidentes y enfermedades de trabajo. Los riesgos de trabajo que se registran dejan rastro y colocan al centro de trabajo en el radar de seguridad y salud.
  • Incumplimientos previos. Una empresa ya sancionada, o con medidas pendientes de comprobar, tiene más probabilidad de recibir una visita de seguimiento.
  • Datos que no coinciden. El modelo usa cruce de información entre autoridades. Que el número de trabajadores, los salarios o las cuotas reportadas a distintas instituciones no cuadren es justamente el tipo de alerta que este enfoque detecta.
  • Proveedores sin registro vigente. Con el REPSE 2.0 cualquiera puede revisar la situación de un prestador de servicios especializados. Contratar a uno con registro vencido o cancelado expone también a la empresa contratante.
La pregunta clave

Si la autoridad comparara hoy lo que su empresa ha reportado al IMSS, al SAT y al REPSE con lo que ocurre en el centro de trabajo, ¿todo coincidiría? Una inspección focalizada parte de la respuesta a esa pregunta.

3. Cómo se desarrolla una inspección

El artículo 132, fracción XXIV, de la Ley Federal del Trabajo (LFT) obliga al patrón a permitir la inspección y vigilancia de las autoridades del trabajo. El procedimiento está regulado en el Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones (RGITAS), y conocerlo evita errores frecuentes:

  • Ordinaria o extraordinaria. Las inspecciones ordinarias, que pueden ser iniciales, periódicas o de comprobación, se anuncian con un citatorio entregado al menos con 24 horas de anticipación (arts. 27 y 29). Las extraordinarias pueden ordenarse en cualquier momento y sin aviso previo, por ejemplo por una queja, un accidente o un riesgo inminente (art. 28).
  • Orden y credencial. El inspector debe entregar la orden de inspección original, con firma autógrafa de la autoridad, y mostrar su credencial vigente. La credencial por sí sola no autoriza ninguna inspección (art. 29).
  • Testigos. El acta se levanta ante dos testigos propuestos por la empresa. Si la empresa no los propone, los designa el inspector (art. 30).
  • Observaciones y copia del acta. Antes de cerrar el acta, la empresa puede revisarla, hacer observaciones y ofrecer pruebas. También tiene cinco días a partir de que se levanta para presentarlas por escrito, y debe recibir una copia (art. 35).
  • Plazos para corregir. En seguridad y salud, la autoridad puede dar un plazo para subsanar deficiencias que va de inmediato a no más de 30 días hábiles (art. 36). Si detecta un peligro inminente, puede ordenar medidas inmediatas, incluida la suspensión total o parcial de actividades (art. 39).

En la práctica, mucho se decide en esas pocas horas. Lo que no se exhibe, o lo que se declara sin cuidado, queda en el acta. Lo que la empresa no observa a tiempo después es difícil de revertir.

4. Cuánto puede costar

Las multas de la LFT se fijan en Unidades de Medida y Actualización (UMA). Con la UMA vigente de $117.31 diarios, los rangos de algunas infracciones frecuentes quedan así:

InfracciónFundamentoRango aproximado
No observar normas de seguridad e higiene o medidas de prevención de riesgosArt. 994, fr. V250 a 5,000 UMA
($29,327 a $586,550)
Discriminación, hostigamiento o acoso sexual en el centro de trabajoArt. 994, fr. VI250 a 5,000 UMA
($29,327 a $586,550)
Subcontratación prohibida o servicios especializados sin registroArt. 1004-C2,000 a 50,000 UMA
($234,620 a $5,865,500)

Para fijar el monto, la autoridad considera la gravedad, el carácter intencional, la capacidad económica y la reincidencia. Además, el artículo 992 prevé que, cuando un solo acto u omisión afecta a varios trabajadores, la sanción se impone por cada uno de ellos. Por eso un incumplimiento que parece menor puede crecer rápido en una plantilla grande.

5. Un autodiagnóstico antes de fin de año

La mejor preparación no es esperar la visita, sino revisar la empresa con la misma lógica que usará la autoridad. Estas preguntas sirven de punto de partida:

  • ¿La plantilla, los salarios y las cuotas reportados al IMSS coinciden con la nómina real?
  • ¿Los proveedores de servicios especializados tienen registro REPSE vigente y los contratos corresponden a su objeto registrado?
  • ¿Existen y están actualizados los estudios, programas y registros que exigen las NOM-STPS aplicables al centro de trabajo, incluida la NOM-035?
  • ¿Hay planes y constancias de capacitación, y la comisión mixta está integrada y sesiona?
  • ¿Hay quejas internas, accidentes o incidentes recientes sin seguimiento documentado?
  • ¿Hay una persona designada y preparada para atender una inspección, con un expediente listo para exhibir?

El momento importa. En enero de 2027 empieza la reducción a 46 horas semanales y, con ella, el registro electrónico de jornada. Cada nueva obligación genera más datos para la autoridad. Las empresas que ordenen su información antes de esa fecha llegarán con ventaja. Las que no, entregarán a la autoridad justo el tipo de inconsistencia que este modelo busca.

Fuentes

Este contenido tiene fines informativos y no constituye asesoría jurídica para un caso concreto. Los montos son aproximados y la sanción aplicable depende de las circunstancias de cada inspección.